Información General
La División de Registro dispuso este canal para facilitar la solicitud de Acuerdos de pago con la Universidad Nacional de Colombia, para aquellas personas que se ubiquen en alguno de los casos que se exponen a continuación.
- Todo aquel que sea considerado ex- estudiante o egresado de la Universidad Nacional y tenga deudas pendientes con la misma.
- Todo aquel estudiante activo que esté cobijado por las Resoluciones 732 y 588 de 2025 de Rectoría.
Normatividad Importante:
Resolución 732 de 2025 de Rectoría
“Por la cual se autoriza la ampliación de la fecha de pago oportuno de los recibos de pago de matrícula de pregrado correspondientes a los periodos académicos 2021-2S, 2022-1S, 2022-2S, 2023-1S, 2023-2S, 2024-1S, 2024-2S y 2025-1S de estudiantes (activos y no activos), retirados y egresados, que no cumplieron las condiciones para ser beneficiarios de los apoyos de la Estrategia Matrícula Cero en 2021-2 y Política de Gratuidad desde 2021-2 hasta 2025-1 y que no cumplieron con las condiciones establecidas en la Resolución 588 de 2025 de Rectoría”
Resolución 588 de 2025 de Rectoría
“Por la cual se autoriza la modificación de la fecha del plazo de pago oportuno de los recibos de matrícula correspondientes a los periodos 2021-2S, 2022-1S, 2022-2S, 2023-1S, 2023-2S, 2024-1S, 2024-2S y 2025-1S de estudiantes (activos e inactivos), retirados y egresados que inicialmente fueron identificados como candidatos, pero no resultaron beneficiarios de los fondos de financiación de Matrícula, incluyendo la estrategia de matrícula Cero y Política de Gratuidad del Gobierno Nacional”
Resolución 1097 de 2025 de Rectoría
“Por la cual se modifica de manera transitoria y con aplicación exclusiva para el periodo académico 2025-2 el parágrafo 2 del artículo 3 de la Resolución de Rectoría 1427 de 2017, respecto a la suscripción de los Acuerdos de pago”
Resolución 1465 de 2013 de Rectoría
“Por la cual se adopta el Reglamento Interno de Cartera de la Universidad Nacional de Colombia”
- Resolución 1427 de 2017 de Rectoría
“Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 1465 de 2013 de Rectoría que adopta el Reglamento Interno de Cartera de la Universidad Nacional de Colombia”
Tenga en cuenta que no todas las deudas aplican para el trámite de esta solicitud, por lo que se recomienda hacer una lectura detallada de las Resoluciones anteriores y así poder identificar si se encuentra en uno de estos casos.
Plazos y Montos
A continuación encontrará los plazos y montos con los cuales podrá suscribir los acuerdos de pago con la Universidad.
Plazos y montos establecidos para el cumplimiento de las cuotas a pagar:
a. Personas naturales:
- Cuando la suma adeudada sea inferior a ocho (8) SMMLV, hasta doce (24) meses.
- Cuando la suma adeudada sea igual o superior a ocho (8) SMMLV e inferior a quince (15) SMMLV, hasta dieciocho (18) meses.
- Cuando la suma adeudada sea igual o superior a quince (15) SMMLV e inferior a veinticinco (25) SMMLV, hasta veinticuatro (24) meses.
- Cuando la suma adeudada sea igual o superior a veinticinco (25) SMMLV e inferior a treinta y cinco (35) SMMLV, hasta treinta (30) meses.
- Cuando la suma adeudada sea igual o superior a treinta y cinco (35) SMMLV e igual o inferior a cincuenta (50) SMMLV, hasta treinta y seis (36) meses.
- Para obligaciones superiores a cincuenta (50) SMMLV, se enviará a la oficina jurídica correspondiente para que evalúe la viabilidad del acuerdo de pago u otras figuras jurídicas como la conciliación o la transacción. Para estos casos, los plazos y montos se determinarán de acuerdo con las condiciones concretas de cada asunto, sin que en ningún evento supere los sesenta (60) meses. En este evento se exigirá al deudor la constitución de las garantías de cumplimiento que se consideren más convenientes para la Universidad.
Requisitos
Requisitos para la suscripción de acuerdos de pago:
a. Personas naturales:
- Trabajadores dependientes: Certificación laboral en la que conste que el deudor percibe ingresos mensuales iguales o superiores a tres (3) veces el valor de la cuota a pactar.
- Trabajadores independientes o contratistas: Certificación de ingresos expedida por contador público en la que conste que el deudor percibe ingresos mensuales iguales o superiores a tres (3) veces el valor de la de la cuota a pactar.
- Pensionados: Certificado de pensionado en la que conste que el deudor percibe ingresos mensuales iguales o superiores a tres (3) veces el valor de la cuota a pactar.
Solicitar Acuerdo de Pago
Link para solicitar un Acuerdo de pago: https://bit.ly/DRM_Solicitud_acuerdos_pago