Las notificaciones de la convocatoria se llevan a cabo en la forma prevista en el artículo 67, Numeral 1, de la Ley1437 de 2011 (Código de procedimiento administrativo y de lo contencioso administrativo), el cual reza:

"1. Por medio electrónico...

La administración podrá establecer este tipo de notificación para determinados actos administrativos de carácter masivo que tengan origen en convocatorias públicas. En la reglamentación de la convocatoria impartirá a los interesados las instrucciones pertinentes, y establecerá modalidades alternativas de notificación personal para quienes no cuenten con acceso al medio electrónico.".

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